martes, 24 de agosto de 2010

SEGURIDAD - EMPRESAS PRIVADAS)

El Consejo Ejecutivo de OFI, en su sesión del 20 de los corrientes, por unanimidad, considerando las dificultades establecidas por las afiliadas referidas a la contratación del Servicio 222, resolvió, de acuerdo al artículo 42 numerales I y II del Estatuto, la siguiente interpretación:
Que en las normas que indican “seguridad policial” (como en las obligaciones del locatario, etc.), además del Servicio 222, se incluyan los servicios que brindan las Empresas Privadas de Seguridad que estén habilitadas por el Ministerio del Interior.

Cr Carlos Eduardo Segura
Gerente OFI

No hay comentarios:

Publicar un comentario